El Estado Nacional publicó en el Boletín Oficial la aprobación de las normas complementarias y aclaratorias que regirán el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento creado por la Ley N° 27.506 y su modificatoria, reglamentado por el Decreto N° 1.034 de fecha 20 de diciembre de 2020.
El texto establece que se entiende por nanotecnología y nanociencia a la “creación, diseño, desarrollo, producción, fabricación de materiales e insumos, equipos, instrumentos, dispositivos, sistemas y productos que estén exclusivamente caracterizados porque su tamaño sea a nivel nanoescala – uno a cien (1 a 100 nanómetros) y de microtecnología (millonésima de un metro)”; y agrega que comprende:
- Nanomateriales: estructuras de la materia desarrolladas artificialmente con dimensiones inferiores a los CIEN (100) nanómetros que exhiben propiedades dependientes del tamaño y que han sido mínimamente procesadas. Por ejemplo: nanopartículas; nanotubos; puntos cuánticos; fulerenos; dendrímeros y materiales nanoporosos, recubrimientos, pinturas.
- Nanointermediarios: productos intermedios que no caen en la categoría de nanomateriales ni de productos de consumo final, que incorporan nanomateriales o que han sido construidos con características nanométricas: revestimientos; tejidos; memorias y chips lógicos; componentes ópticos; materiales ortopédicos; entre otros.
- Productos nanoenriquecidos: productos del final de la cadena de valor que incorporan nanomateriales o nanointermediarios: autos; vestimenta; aviones; computadoras; dispositivos electrónicos; alimentos procesados; productos farmacéuticos; productos para la sanidad animal, etc.
- Nanoherramientas: instrumentos técnicos y software utilizados para visualizar, manipular y modelar la materia a escala nanométrica. Por ejemplo: microscopios de fuerza atómica; nanomanipuladores y equipamiento de nanolitografía.
Según lo establecido por la Ley, será la Subsecretaría de Economía del Conocimiento, de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, la encargada de la ejecución operativa del régimen.